Entre la oferta aceptada y la escritura de compraventa pasan varias semanas: el comprador gestiona su crédito y su abogado estudia los títulos. La promesa de compraventa ordena ese período y protege a ambas partes.
Qué exige la ley
El artículo 1554 del Código Civil establece que la promesa solo produce efectos si cumple ciertas condiciones:
- 1Por escrito
No basta un acuerdo de palabra. En la práctica, las promesas de compraventa de inmuebles se firman por escritura pública o con firmas autorizadas ante notario.
- 2Contrato válido
El contrato prometido no puede ser de aquellos que la ley declara ineficaces.
- 3Plazo o condición
Debe fijar la época en que se celebrará la compraventa.
- 4Contrato bien especificado
Debe describir la compraventa de modo que solo falte firmarla.
Las cláusulas que no pueden faltar
Revisa que tu promesa incluya:
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio firmar una promesa?
No. Si todo está listo (crédito aprobado y títulos revisados), se puede ir directo a la escritura de compraventa. Pero en la mayoría de las operaciones con crédito, la promesa da seguridad a ambas partes.
¿Qué protege la promesa?
Fija por escrito el precio, los plazos y las condiciones, y establece qué ocurre si alguna de las partes no cumple. Bien redactada, da tranquilidad a comprador y vendedor durante las semanas previas a la escritura.
¿Quién redacta la promesa?
Suele redactarla un abogado o la notaría, con los datos que entregan las partes y el corredor. Lee el borrador con calma antes de firmar.
Fuentes
- Biblioteca del Congreso Nacional: Código Civil (artículo 1554).
Este artículo es informativo y refleja la normativa y las prácticas vigentes a la fecha de publicación. No reemplaza la asesoría de un abogado o contador para tu caso particular.




